ARRENDAMIENTOS DE INMUEBLES PARA VIVIENDA URBANA
ARTICULO 2 LEY 820/2003: El contrato de arrendamiento de vivienda urbana es aquel por el cual dos partes se obligan recíprocamente, la una a conceder el uso de un inmueble urbano destinado a vivienda, total o parcialmente y la otra a pagar por este uso un precio determinado.
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- Servicios, elementos o usos conexos. Se entienden como servicios, cosas o usos conexos, los servicios públicos domiciliarios y todos los demás inherentes al uso del inmueble y a satisfacción de las necesidades propias de la habitación en el mismo.
- Servicios, elementos o usos adicionales. Se entienden como servicios, elementos o usos adicionales los suministrados eventualmente por el arrendador no inherentes al uso del inmueble. En el contrato de arrendamiento de vivienda urbana, las partes pactan la inclusión o no de servicios, elementos o usos adicionales. En ningún caso, el precio del arrendamiento de servicios, elementos o usos adicionales podrá exceder de un cincuenta (50%) por ciento del precio del arrendamiento del inmueble.
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OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR
Son obligaciones del arrendador:
- Entregar al arrendador en la fecha convenida o en el momento de la celebración del contrato, el inmueble en arrendamiento en buen estado en cuanto a servicios, seguridad y sanidad y poner a disposición los servicios, elementos o usos conexos y los adicionales convenidos.
- Mantener en el inmueble los servicios, los elementos y los usos conexos y adicionales en buen estado de servir para el fin convenido en este contrato.
- El arrendador deberá suministrar tanto al arrendatario como al codeudor, cuando sea el caso, copia del contrato de arrendamiento firmado y registrado. Esta obligación deberá ser cumplida en un plazo máximo de diez (10) días a partir de la fecha de la celebración del contrato.
- Cuando se trate de viviendas sometidas a régimen de propiedad horizontal, el arrendador deberá entregar al arrendatario una copia de la parte de normativa del mismo.
En el caso de vivienda compartida, el arrendador tiene además la obligación de mantener en adecuadas condiciones de funcionamiento, de seguridad y de sanidad de las zonas o servicios de uso común y de efectuar por su cuenta las reparaciones y sustituciones necesarias, cuando no sean atribuibles a los arrendatarios, y de garantizar el mantenimiento del orden interno de la vivienda.
OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO
Son obligaciones del arrendatario:
- Pagar el precio del arrendamiento dentro del plazo estipulado en el contrato, en el lugar convenido.
- Cuidar el inmueble y los elementos recibidos en en inventario de arrendamiento. En caso de daños o deterioros distintos a los derivados del uso normal o de la acción del tiempo y que fueren imputables al mal uso del inmueble o a su propia culpa efectuar oportunamente y por su cuenta las reparaciones o sustituciones necesarias.
- Pagar a tiempo los servicios, elementos o usos conexos y adicionales, así como las expensas comunes en los casos en que haya lugar, de conformidad con lo establecido en el contrato.
- Cumplir las normas consagradas en los reglamentos de propiedad horizontal y las reglas que expida el gobierno en protección de los derechos de todos los vecinos.
En caso de vivienda compartida y de pensión el arrendatario esta obligado además a cuidar las zonas y servicios de uso común y a efectuar por su cuenta las reparaciones o sustituciones necesarias cuando sean atribuibles a su propia culpa o a la de sus dependientes. Subarriendo y cesión. El arrendatario no tiene la facultad de ceder el arriendo ni de subarrendar a menos que medie autorización expresa del arrendador. En caso de contravención el arrendador podrá dar por terminado el contrato de arrendamiento y exigir las entrega del inmueble o celebrar un nuevo contrato con los usuarios reales caso en el cual el contrato anterior quedara sin efectos; Estas situaciones se comunicaran por escrito al arrendatario.
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EL SERVICIO INMOBILIARIO
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Amigo arrendatario, queremos comentarle lo fácil y sencillo que resulta hacer una solicitud de arrendamiento a través de una inmobiliaria afiliada a la Lonja de Propiedad Raíz de Santander, bien sea que usted requiera un inmueble para vivienda o comercio. De igual forma, queremos resaltar sus deberes, derechos y obligaciones en el desarrollo del contrato de arriendo firmado con la inmobiliaria. Para tal efecto es importante que tenga en cuenta los siguientes pasos:
- Elabore un presupuesto del valor del arriendo que esta dispuesto a pagar, sumando adicionalmente un estimado del costo de los servicios públicos y la administración si se trata de un inmueble de propiedad horizontal.
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- Seleccione el inmueble consultando la oferta de los avisos en revistas y periódicos; paginas web de las inmobiliarias o visitando directamente la agencia arrendadora de su preferencia, allí el promotor de arriendos lo atenderá con prontitud y le ayudara a seleccionar la mejor alternativa acorde a sus necesidades y presupuesto.
- Definido el inmueble a ocupar y luego de conocerlo, reclame el formulario de "solicitud de arriendo" y diligéncielo en original y copia. Los datos solicitados en el formulario deben ser llenados completamente y firmados por el arrendatario y sus fiadores.
- Adjuntelos soportes de ingreso, certificados de tradición y libertad, constancias de trabajo y demás documentos exigidos para cada tipo de arrendatario, siempre en original.
- Verifique previamente que los folios o certificados de los inmuebles de su propiedad o de sus fiadores, no tengan limitaciones a la propiedad, embargos, patrimonio de familia, afectación a vivienda familiar entre otros. Dichos documentos con estas limitaciones no son aceptados por las inmobiliarias para estudios de arrendamiento.
- Recuerde que la solicitud presentada se envía previamente a la empresa afianzadora o aseguradora para su estudio y aprobación. Por lo tanto, registre un numero telefónico o celular donde se pueda ubicar fácilmente en caso que se requiera adicionar o corregir la solicitud y comuníquese con la inmobiliaria 24 horas después para conocer la respuesta positiva o negativa a su solicitud, en este ultimo caso buscar una alternativa de solución.
- Aprobada su solicitud, previo pago del estudio y derechos de contrato, acuda a la inmobiliaria junto con sus fiadores y firme el contrato de arrendamiento. Léalo detenidamente y pida las aclaraciones que estime pertinentes, Autentique las firmas en la notaría que la Agencia Arrendadora le señale.
- Acuerde con la inmobiliaria el día y hora para la entrega del inmueble mediante un riguroso inventario para satisfacción de las partes. Usted dispone de 10 días para reportar por escrito los daños o faltantes y dificultades encontradas. Firme el acta de inventario y sus copias.
- Una vez este en posesión del inmueble dado en arriendo, tenga presente que los servicios públicos y la cuota de administración están a su cargo. Por lo tanto páguelos oportunamente. Cuide el inmueble como si fuera suyo, es para su uso y disfrute por un tiempo posiblemente largo.
- No haga reparaciones por su cuenta. Para ello informe por escrito a la inmobiliaria cuando se presenten reformas a cargo del propietario del inmueble. La inmobiliaria tramitara su solicitud para que estas las efectúe el dueño directamente o delegue a la inmobiliaria.
- Tenga presente que el contrato de arriendo estipula la fecha de vencimiento del mismo. Así que si desea entregar al vencimiento, manifiéstelo con la debida anticipación.
- No olvide cancelar el canon de arrendamiento dentro de los primeros cinco (5) días de cada mes. Evite el cobro de sanciones moratorias, honorarios de abogado y reporte a las centrales de riesgo por el no pago oportuno de su arrendamiento.
Finalmente tenga presente siempre estos consejos:
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- Tome todas las medidas de seguridad que le garanticen su tranquilidad y asegure sus vienes contra eventualidades como incendio, robo terremoto etc.
- Se debe reportar por escrito cualquier inconveniente con el inmueble que le ha sido entregado en arrendamiento. De este modo la inmobiliaria puede prestarle una asesoría y solución rápida a sus dificultades.
- Recuerde siempre que su mejor referencia comercial se la puede ofrecer su inmobiliaria. La solidez y respaldo de nuestra agencia arrendadora le garantiza su tranquilidad. No dude en solicitar nuestros servicios somos su mejor aliado.
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